Bélgica pospone la aplicación completa de las normas del IVA para la colocación temporal transfronteriza de bienes
Bélgica ha pospuesto la aplicación completa del circular 2026/C/60 hasta el 1 de julio de 2028, creando un período de cumplimiento interino para empresas que colocan temporalmente bienes en otros estados miembros de la UE. El régimen simplificado evita requisitos de registro del IVA en el estado destino, pero requiere registros contables precisos y documentación completa respaldando todos los movimientos transfronterizos.