Bélgica pospone la aplicación completa de las normas del IVA para la colocación temporal transfronteriza de bienes
La aplicación completa del punto 1 del circular 2026/C/60, que regula el tratamiento del IVA para la colocación temporal transfronteriza de bienes en el contexto de prestaciones de servicios, ha sido pospuesta hasta el 1 de julio de 2028. Este aplazamiento crea una ventana de cumplimiento interino hasta el 30 de junio de 2028, durante la cual las empresas que operan bajo estos arreglos temporales de bienes transfronterizos se benefician de un requisito simplificado de registro del IVA.
Puntos clave
- La aplicación completa del punto 1 del circular 2026/C/60 ha sido pospuesta hasta el 1 de julio de 2028, creando una ventana de cumplimiento interino hasta el 30 de junio de 2028.
- Las empresas que colocan temporalmente bienes en otro estado miembro de la UE como parte de una prestación de servicios no están obligadas a obtener un registro del IVA en el estado destino, siempre que ya estén identificadas para el IVA en Bélgica y las autoridades fiscales del estado destino adopten una posición equivalente.
- Las empresas deben registrar el transporte o envío de bienes en su contabilidad de manera equivalente al registro de no transferencia prescrito por el Artículo 54bis del Código del IVA belga y estar preparadas para producir pruebas a demanda de la administración tributaria.
Contexto
El circular 2026/C/60, emitido por el Ministerio de Finanzas de Bélgica, establece las normas para la colocación temporal de bienes en otro estado miembro de la UE dentro del marco de una prestación de servicios. La aplicación plena de estas normas, inicialmente prevista para una fecha anterior, ha sido pospuesta hasta el 1 de julio de 2028. Este aplazamiento busca proporcionar un período de transición para las empresas, permitiéndoles adaptarse a los nuevos requisitos sin la necesidad inmediata de registro del IVA en el estado destino.
Alcance y aplicabilidad
El régimen interino se aplica a las empresas que colocan temporalmente bienes en otro estado miembro de la UE como parte de una prestación de servicios. Durante este período, las empresas no están obligadas a obtener un registro del IVA en el estado destino, siempre que ya estén identificadas para el IVA en Bélgica. Esta simplificación es condicional y depende de que las autoridades fiscales del estado destino adopten una posición equivalente.
Escenario inverso
El circular 2026/C/60 también aborda el escenario inverso, donde los bienes son traídos temporalmente a Bélgica desde otro estado miembro en conexión con una prestación de servicios. En este caso, las mismas condiciones aplican: las autoridades fiscales del estado de origen deben adoptar una posición coincidente para que el tratamiento simplificado se mantenga.
Cambios en el cumplimiento
El régimen interino no es incondicional y establece requisitos específicos de cumplimiento para las empresas. Entre estos requisitos se incluyen:
Registros contables
Las empresas deben registrar el transporte o envío de bienes en su contabilidad de manera equivalente al registro de no transferencia prescrito por el Artículo 54bis del Código del IVA belga. Este registro debe ser detallado y preciso, reflejando todos los movimientos de bienes transfronterizos.
Documentación y prueba
Las empresas deben estar preparadas para producir pruebas a demanda de la administración tributaria. Esto implica mantener una documentación completa y precisa que respalde todos los movimientos de bienes temporales, incluyendo contratos de servicio, facturas y registros de transporte.
Implicaciones para las empresas
Las nuevas normas tienen implicaciones significativas para las empresas que operan en sectores como la construcción, los servicios industriales y los servicios profesionales. Estas empresas suelen mover equipos, herramientas o materiales a través de las fronteras temporalmente, y el régimen interino reduce la carga administrativa al evitar el registro del IVA en múltiples estados.
Ventajas y desafíos
El régimen interino ofrece varias ventajas, incluyendo la simplificación del proceso de cumplimiento y la reducción de costos administrativos. Sin embargo, también presenta desafíos, como la necesidad de mantener registros contables precisos y cumplir con los requisitos de documentación. Además, las empresas deben estar atentas a la posición de las autoridades fiscales en los estados destino, ya que el tratamiento simplificado está condicionado a la adopción de una posición equivalente por parte de estas autoridades.
Perspectivas y qué observar
El aplazamiento hasta el 1 de julio de 2028 da a las empresas aproximadamente 21 meses para prepararse para el régimen permanente. Durante este período, es crucial que las empresas:
Monitorear las posiciones de las autoridades fiscales
Las empresas deben estar atentas a cualquier cambio en la posición de las autoridades fiscales en los estados destino, ya que esto puede afectar su elegibilidad para el tratamiento simplificado.
Implementar sistemas de registro contable adecuados
Las empresas deben asegurarse de que sus sistemas de registro contable cumplan con los requisitos del Artículo 54bis del Código del IVA belga. Esto puede implicar actualizaciones en sus sistemas contables existentes o la implementación de nuevos procesos.
Mantener una documentación completa
Las empresas deben mantener una documentación completa y precisa que respalde todos los movimientos de bienes temporales. Esto incluye contratos de servicio, facturas y registros de transporte.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es el plazo para prepararse para el régimen permanente?
- Las empresas tienen aproximadamente 21 meses, desde el 15 de septiembre de 2026 hasta el 1 de julio de 2028, para prepararse para la aplicación plena del régimen permanente.
- ¿Qué sectores se benefician más de este régimen interino?
- Los sectores que más se benefician incluyen la construcción, los servicios industriales y los servicios profesionales, donde el movimiento temporal de bienes es común.
- ¿Qué requisitos contables deben cumplir las empresas?
- Las empresas deben registrar el transporte o envío de bienes en su contabilidad de manera equivalente al registro de no transferencia prescrito por el Artículo 54bis del Código del IVA belga.
- ¿Qué documentación deben mantener las empresas?
- Las empresas deben mantener una documentación completa y precisa que respalde todos los movimientos de bienes temporales, incluyendo contratos de servicio, facturas y registros de transporte.
- ¿Qué deben hacer las empresas si las autoridades fiscales del estado destino cambian su posición?
- Las empresas deben monitorear activamente las posiciones de las autoridades fiscales en los estados destino y estar preparadas para ajustar sus procesos de cumplimiento si es necesario.