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Ecuador impone nuevas reglas para proveedores de facturación electrónica

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido una resolución que establece requisitos obligatorios para plataformas de facturación electrónica, incluyendo un plazo de 30 días hábiles para el registro en el RUC y la inclusión del número RUC del proveedor en las facturas electrónicas.

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido una resolución que establece requisitos obligatorios para plataformas de facturación electrónica, incluyendo un plazo de 30 días hábiles para el registro en el RUC y la inclusión del número RUC del proveedor en las facturas electrónicas.

Puntos clave

  • El SRI ha establecido requisitos obligatorios de registro para proveedores de facturación electrónica.
  • Las empresas tienen 60 días hábiles para incluir el número RUC del proveedor en sus facturas electrónicas.
  • El SRI publicará mensualmente una lista actualizada de proveedores registrados.

Ecuador impone nuevas reglas para proveedores de facturación electrónica

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido una resolución que establece requisitos obligatorios para plataformas de facturación electrónica, incluyendo un plazo de 30 días hábiles para el registro en el RUC y la inclusión del número RUC del proveedor en las facturas electrónicas.

La Resolución NAC-DGERCGC26-00000027, publicada el 28 de julio de 2026, marca un hito en la regulación de los proveedores de software de facturación electrónica en Ecuador.

Contexto

Esta medida representa el primer marco regulatorio formal específicamente dirigido a los proveedores de software de facturación electrónica dentro del sistema RUC (Registro Único de Contribuyentes) de Ecuador. Anteriormente, no existían regulaciones que abordaran simultáneamente el registro de proveedores, los requisitos de metadatos en las facturas y la obligación del SRI de publicar listas actualizadas de proveedores registrados.

Cambios introducidos

El resolutivo establece dos vías de cumplimiento distintas:

  1. Para los proveedores de plataformas de facturación electrónica:

    • Registro obligatorio de un establecimiento de negocio y su actividad económica correspondiente en el RUC.
    • Plazo: 30 días hábiles desde la publicación en el Registro Oficial (a partir del 29 de julio de 2026).
  2. Para los usuarios de sistemas de facturación electrónica:

    • Inclusión del número RUC del proveedor en la sección de información adicional de las facturas electrónicas.
    • Plazo: 60 días hábiles desde la publicación en el Registro Oficial.

Implicaciones para las empresas

Las empresas que utilizan plataformas de facturación electrónica tercerizadas deben:

  • Verificar el estado de registro RUC de su proveedor actual.
  • Actualizar sus sistemas para incluir el número RUC del proveedor en las facturas dentro del plazo establecido.
  • Consultar mensualmente la lista publicada por el SRI para confirmar que su proveedor permanece registrado.

Publicación y transparencia

El SRI ha asumido la obligación de publicar y mantener actualizada una lista mensual de proveedores de facturación electrónica registrados en su sitio web oficial. Esta lista se actualizará dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes calendario, proporcionando a los contribuyentes un referencia confiable para verificar el estado de cumplimiento de sus proveedores.

Perspectivas

Esta regulación representa un paso significativo en la supervisión y transparencia del ecosistema de facturación electrónica en Ecuador. Las empresas deben estar atentas a:

  • El cumplimiento oportuno de los plazos establecidos.
  • La verificación periódica del estado de registro de sus proveedores.
  • Las actualizaciones adicionales que el SRI pueda implementar en relación con esta normativa.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si un proveedor no se registra dentro del plazo establecido?
Los proveedores que no cumplan con el registro dentro de los 30 días hábiles podrían enfrentar sanciones o restricciones en su operación dentro del ecosistema de facturación electrónica.
¿Cómo afecta esta resolución a las empresas que ya usan sistemas de facturación electrónica?
Las empresas deben asegurarse de actualizar sus sistemas para incluir el número RUC del proveedor en las facturas dentro de los 60 días hábiles.
¿Dónde puedo encontrar la lista actualizada de proveedores registrados?
El SRI publicará y mantendrá esta lista en su sitio web oficial, actualizada dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes calendario.
¿Existen ejemplos similares en otros países?
Hasta la fecha de esta resolución, no se han identificado regulaciones previas en Ecuador que aborden simultáneamente el registro de proveedores, metadatos de facturación y compromisos de publicación por parte del SRI.
¿Qué actividades económicas deben registrar los proveedores?
Los proveedores deben registrar la actividad económica correspondiente a la provisión de servicios de facturación electrónica, según los códigos establecidos en el RUC.
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