España pospone Verifactu: Obligaciones de cumplimiento en espera de confirmación legal
La AEAT anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de posponer las obligaciones de cumplimiento de Verifactu hasta octubre de 2028, pero esta medida aún no ha sido publicada en el BOE. Los plazos actuales, establecidos por el Real Decreto-ley 15/2025, siguen siendo legalmente vinculantes hasta que se produzca una modificación formal.
Puntos clave
- La AEAT anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de posponer Verifactu hasta octubre de 2028, pero esto no tiene fuerza legal hasta su publicación en el BOE.
- Verifactu y la factura electrónica obligatoria son sistemas distintos, pero el gobierno busca integrarlos para lograr una mayor coherencia.
- Las empresas deben continuar preparándose para cumplir con los plazos actuales de Verifactu hasta que se publique una modificación formal.
España pospone Verifactu: Obligaciones de cumplimiento en espera de confirmación legal
La AEAT anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de posponer las obligaciones de cumplimiento de Verifactu hasta octubre de 2028, pero esta medida aún no ha sido publicada en el BOE. Los plazos actuales, establecidos por el Real Decreto-ley 15/2025, siguen siendo legalmente vinculantes hasta que se produzca una modificación formal.
Contexto
El anuncio de la Agencia Tributaria Española (AEAT) sobre la posible postponemento del cumplimiento de Verifactu hasta octubre de 2028 surge en un contexto de creciente complejidad regulatoria. La AEAT argumenta que esta medida busca lograr una "convergencia máxima" entre el marco de certificación del software de facturación Verifactu y el régimen obligatorio de factura electrónica B2B, además de alinearse con los futuros requisitos de informe digital de la UE bajo ViDA. Es crucial destacar que, a fecha del 11 de octubre de 2026, esta postponemento no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que las fechas originales establecidas por el Real Decreto-ley 15/2025 (1 de enero de 2027 para grandes entidades y 1 de julio de 2027 para el resto) siguen siendo legalmente vinculantes.
Verifactu y la factura electrónica obligatoria son sistemas distintos tanto en el ámbito legal como técnico. Verifactu se centra en las características del software de facturación, garantizando la integridad, conservación, trazabilidad e inmutabilidad de los registros de facturas. Por otro lado, la factura electrónica obligatoria regula la emisión, transmisión y recepción de facturas entre las partes comerciales. El objetivo del gobierno es rediseñar un marco que mantenga las garantías técnicas de Verifactu, como la integridad y trazabilidad, mientras se armoniza con la infraestructura de facturación electrónica.
Historia de retrasos
Verifactu ha experimentado múltiples postponementos desde su establecimiento inicial mediante el Real Decreto 1007/2023. En abril de 2025, se realizaron modificaciones a la normativa, y en diciembre del mismo año, el Real Decreto-ley 15/2025 estableció los plazos actuales de cumplimiento. Ahora, se propone un nuevo postponemento hasta octubre de 2028, aunque esta modificación aún no ha sido formalizada.
¿Qué está cambiando?
La principal novedad es la intención de la AEAT de posponer las obligaciones de cumplimiento de Verifactu hasta octubre de 2028. Sin embargo, es crucial subrayar que esta medida no tiene fuerza legal hasta que sea publicada en el BOE. Por lo tanto, las empresas y los proveedores de software deben continuar operando bajo la premisa de que los plazos originales (enero y julio de 2027) son vinculantes.
Distinción entre Verifactu y factura electrónica
Es fundamental entender que Verifactu y la factura electrónica obligatoria son sistemas separados. Verifactu se centra en las características del software de facturación, asegurando que los registros de facturas cumplan con estándares específicos de integridad y trazabilidad. En cambio, la factura electrónica obligatoria regula el proceso completo de emisión y recepción de facturas entre empresas.
El gobierno español busca integrar estas dos normativas para crear un marco más coherente y eficiente. Este rediseño tiene como objetivo mantener las garantías técnicas de Verifactu, como la inmutabilidad y trazabilidad, mientras se integra con los requisitos de facturación electrónica.
Implicaciones para las empresas en España
Para las empresas españolas, la posible postponemento de Verifactu hasta octubre de 2028 implica un período adicional para adaptarse a los requisitos técnicos del software de facturación. Sin embargo, hasta que no se publique la modificación en el BOE, las empresas deben continuar preparándose para cumplir con los plazos actuales.
Riesgos y oportunidades
El principal riesgo para las empresas es operar bajo la suposición de que el postponemento ya está en vigor, lo cual no es legalmente cierto. Las empresas deben continuar sus preparativos para cumplir con las obligaciones de Verifactu según los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 15/2025.
Por otro lado, la integración de Verifactu con el régimen obligatorio de factura electrónica podría simplificar los procesos de cumplimiento en el futuro, reduciendo la carga administrativa.
Perspectivas y qué observar
El próximo paso crucial es la publicación oficial de la postponemento en el BOE. Hasta entonces, las empresas deben tratarlas fechas actuales como vinculantes.
Preguntas abiertas
Una pregunta clave es cómo se integrarán exactamente Verifactu y la factura electrónica obligatoria en el nuevo marco regulatorio. Además, es importante observar cómo la AEAT abordará las posibles lagunas o conflictos entre las dos normativas.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuáles son los plazos actuales para el cumplimiento de Verifactu?
- Los plazos actuales, establecidos por el Real Decreto-ley 15/2025, son el 1 de enero de 2027 para grandes entidades y el 1 de julio de 2027 para otras empresas.
- ¿Qué garantías técnicas proporciona Verifactu?
- Verifactu garantiza la integridad, conservación, trazabilidad e inmutabilidad de los registros de facturas.
- ¿Qué empresas están obligadas a cumplir con la factura electrónica B2B?
- Las empresas con una cifra de negocio superior a 8 millones de euros están obligadas a partir de octubre de 2027, y el resto desde octubre de 2028.
- ¿Qué es la Orden HAC/1028/2026?
- La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el 6 de octubre de 2026, regula la solución pública de facturación electrónica en España.
- ¿Qué es ViDA?
- ViDA (VAT in the Digital Age) es un marco de la UE que establece requisitos de informe digital para las empresas.