Decisión Ministerial No. 197/2026: Flexibilización de la facturación electrónica en los Emiratos Árabes Unidos
El Ministerio de Finanzas de EAU emitió el 19 de octubre de 2026 la Decisión Ministerial No. 197/2026, que modifica tres aspectos clave de su marco regulatorio de facturación electrónica. Esta decisión entró en vigor el 1 de octubre de 2026, con una disposición que se implementará a partir del 1 de enero de 2027.
Puntos clave
- La Decisión Ministerial No. 197/2026 introduce una exención temporal de 24 meses para transacciones intragrupo, efectiva a partir del 1 de enero de 2027.
- Se elimina el requisito de localización de datos, permitiendo que los datos de facturación electrónica se almacenen fuera de EAU.
- El Artículo 12 ha sido derogado, eliminando la obligación de notificar fallos del sistema dentro de dos días hábiles.
- Las empresas en EAU tienen hasta enero de 2027 para reestructurar sus flujos de trabajo intragrupo antes de que se apliquen plenamente las normas de facturación electrónica.
- La FTA mantiene sus derechos de acceso a datos y los períodos de retención establecidos por la legislación fiscal siguen vigentes.
Contexto
La Decisión Ministerial No. 197/2026 modifica la Decisión No. 243/2025, emitida en 2025, y busca aliviar la carga operativa de las empresas sin alterar estructuralmente el mandato de facturación electrónica del país. Estas modificaciones son distintas de las medidas previas de reestructuración de acreditación reportadas anteriormente y representan la primera cobertura de esta decisión específica.
Cambios clave en la facturación electrónica
Exención temporal para transacciones intragrupo
A partir del 1 de enero de 2027, las transacciones intragrupo—aquellas realizadas entre miembros del mismo grupo fiscal—quedarán excluidas temporalmente del sistema de facturación electrónica por un período de 24 meses. Esta medida permite a las empresas multinacionales y a los grandes grupos corporativos reestructurar sus flujos de trabajo internos sin la presión inmediata de cumplir con los requisitos de facturación electrónica.
Eliminación del requisito de localización de datos
La Decisión No. 197/2026 elimina el requisito de localización de datos establecido en el Artículo 11, lo que significa que los datos de facturación electrónica—incluyendo facturas y notas de crédito—así como los registros asociados, ya no necesitan almacenarse dentro de las fronteras de EAU. Sin embargo, los períodos de retención establecidos por la legislación fiscal siguen vigentes y las empresas deben seguir proporcionando estos datos a la Autoridad Federal de Impuestos (FTA) cuando se les solicite. Esta modificación reduce los costos de infraestructura para las empresas que utilizan plataformas en la nube o sistemas ERP globales, mientras mantiene los derechos de acceso a auditorías de la FTA.
Eliminación del requisito de notificación de fallos
El Artículo 12 ha sido derogado por completo, eliminando la obligación de notificar formalmente a las autoridades cualquier fallo del sistema dentro de dos días hábiles. Esta modificación elimina un requisito procedimental oneroso que podría haber expuesto a las empresas a penalizaciones durante interrupciones temporales o eventos de migración de TI.
Implicaciones para las empresas en EAU
Las empresas operando en EAU, especialmente aquellas con estructuras corporativas complejas como grupos multinacionales o grandes corporaciones, se benefician significativamente de estas modificaciones. La exención temporal para transacciones intragrupo proporciona un alivio operacional crucial, permitiendo la reorganización interna sin la presión inmediata de cumplir con los requisitos de facturación electrónica.
La eliminación del requisito de localización de datos reduce costos y complejidad operativa, especialmente para empresas que dependen de infraestructuras tecnológicas globales. La derogación del Artículo 12 simplifica el cumplimiento regulatorio, eliminando un requisito que podía ser oneroso durante interrupciones técnicas.
Perspectivas y próximos pasos
Aunque estas modificaciones representan un alivio significativo, las empresas deben seguir preparándose para el cumplimiento total de la facturación electrónica una vez que finalice el período de exención temporal para transacciones intragrupo. La FTA continuará vigilando el cumplimiento de los períodos de retención y podrá solicitar acceso a datos de facturación cuando sea necesario.
Las empresas también deberán estar atentas a posibles futuras modificaciones regulatorias y asegurarse de que sus sistemas tecnológicos estén alineados con los requisitos vigentes. La flexibilidad introducida por la Decisión No. 197/2026 ofrece una ventana de oportunidad para optimizar procesos internos y garantizar una transición fluida hacia el cumplimiento total.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué empresas se benefician más de la exención temporal para transacciones intragrupo?
- Las empresas multinacionales y los grandes grupos corporativos con estructuras internas complejas se benefician más, ya que tienen un período de 24 meses para reorganizar sus flujos de trabajo internos sin la presión inmediata del cumplimiento.
- ¿Pueden las empresas almacenar los datos de facturación electrónica fuera de EAU?
- Sí, la Decisión No. 197/2026 elimina el requisito de localización de datos, permitiendo que los datos se almacenen fuera del país. Sin embargo, los períodos de retención y las obligaciones de disclosure con la FTA siguen vigentes.
- ¿Qué pasa si hay un fallo en el sistema de facturación electrónica?
- Ya no es necesario notificar formalmente a las autoridades dentro de dos días hábiles, ya que el Artículo 12 ha sido derogado. Esto elimina un requisito procedimental oneroso.
- ¿Qué deben hacer las empresas para prepararse para el cumplimiento total después de enero de 2027?
- Las empresas deben usar el período de exención temporal para optimizar sus procesos internos y asegurar que sus sistemas tecnológicos estén listos para cumplir plenamente con las normas de facturación electrónica.
- ¿La FTA sigue teniendo acceso a los datos de facturación?
- Sí, la FTA mantiene sus derechos de acceso a los datos y las empresas deben seguir proporcionando estos datos cuando se les solicite.